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Abierta la convocatoria de ayudas al autoempleo en Castilla y León 2022

El BOCYL del pasado jueves 20/10/2022 publica la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en Castilla y León, para el año 2022.

1.-PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 21 de octubre de 2022 hasta el 4 de noviembre de 2022.

2.-BENEFICIARIOS: Personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos:

2.1. Haberse dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 1 de septiembre de 2021 y el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes (4 de Noviembre de 2022), ambos inclusive.

2.2. Estar desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo, no ocupada, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, salvo en el supuesto en que la persona solicitante sea una persona emigrante castellano y leonesa retornada, cuyo retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior al día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, en cuyo caso, deberá cumplir únicamente el requisito de estar desempleado el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

3.-DESTINO DE LA AYUDA: Las subvenciones se destinarán a fomentar la realización por parte de la persona beneficiaria de todas o alguna de las acciones subvencionables que se indican AQUI.

4.-CUANTIA DE LA AYUDA: La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:

4.1.– Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 5.000 €. Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas en la Base 8.2 de las Bases Reguladoras.

4.2.– En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.

4.3.– La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.

La cuantía citada anteriormente se incrementará con los importes que se indican AQUI

5.-TODA LA INFORMACIÓN Y TRAMITE PARA SOLICITAR LA AYUDA SE ENCUENTRA AQUI

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