Objeto: Ayudas van dirigidas a las personas físicas (autónomas) y jurídicas, que vayan a continuar con una actividad económica existente en la actualidad en el medio rural o que, como máximo, lleve 24 meses de inactividad, antes de la realización del traspaso o compraventa.
Los beneficiarios deberán mantener la actividad original. Deberán cumplir con la normativa en vigor y con los requisitos y características especificadas en las bases.
Plazo solicitudes: Hasta el 27 de octubre de 2023 y deberá realizarse a través del Registro Electrónico de Diputación de Burgos.
Para agilizar la tramitación de las ayudas, se establecen dos fechas de resolución, la primera con todas las solicitudes que hayan presentado toda la documentación conforme a la base séptima de esta convocatoria hasta el 15 de junio de 2023 y la segunda para todas aquellas que hayan presentado dicha documentación completa hasta el 27 de octubre de 2023.
Puedes acceder al Registro Electrónico de la Excelentísima Diputación de Burgos a través del siguiente enlace: https://registro.diputaciondeburgos.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO
A continuación pueden ser descargadas las BASES REGULADORAS y ANEXOS:
SODEBUR 024 (b)-22_BASES_TRANSFERENCIA _2023
SODEBUR 024 (c)-23_ANEXOS_TRANSFERENCIA_2023