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EL AYUNTAMIENTO DE QUINTANAR RECURRE EL INGRESO POR LA TASACIÓN DE LOS «PINOS DE PRIVILEGIO»

El ayuntamiento de Quintanar de la Sierra ha recurrido en alzada, el pasado 13 de febrero, contra la resolución adoptada por el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos en el procedimiento relativo a tasación y obligación del ingreso en el fondo de mejoras de ingresos producidos por aprovechamientos maderables derivados de los 1.500 «pinos de privilegio» del monte comunal número 251 del MUP.

Considera que están libre de tasas o precio los denominados «pinos de privilegio» al demostrarse que mantenían esta excepcionalidad antes de la entrada en vigor de la ley de montes, el estatuto de autonomía o la propia constitución española, no habiendo sido derogada ni modificada por lo que tiene plena vigencia. Sería de aplicación el carácter originario e imprescriptibilidad de los derechos históricos amparados por la constitución, el estatuto de autonmía y la legislación europea.

Desde tiempo inmemorial los vecinos de Quintanar de la Sierra vienen percibiendo 1.500 pinos de privilegio de forma gratuita, tal y como recoge el catastro del marqués de la ensenada de 1749, las reales cartas de Carlos IV de 1792 y regulado despues por las Reales Ordenes de 20 de agosto y 30 de septiembre de 1901 en que por primera vez son reglados de derecho y no solo de hecho.

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