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Hoy se han publicado las bases de las ayudas COVID al sector del turismo de Castilla y León

Según nos informa Sodebur, el BOCYL de hoy publica la orden 363/2020 de 29 de abril de AYUDA AL SECTOR DEL TURISMO, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al sector turístico de Castilla y León para hacer frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. Os informamos de las misma para que estéis preparados para la convocatoria ya que la selección de los beneficiarios se realizará por el orden de la presentación de las solicitudes.

Estas subvenciones financiarán los siguientes gastos de empresas turísticas de la Comunidad de Castilla y León:

  • Los derivados de los suministros de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones.
  • Los de mantenimiento de instalaciones y maquinaria.
  • El alquiler de locales, o en su caso hipotecas de los establecimientos donde se desarrolle la actividad turística. En el caso de hipotecas, el gasto subvencionable no podrá superar el 25 por ciento del gasto subvencionable total.
  • Los seguros.
  • Las cuotas por pertenencia a alguna asociación del sector.
  • Los gastos de asesoría fiscal, contable o legal relacionados con el COVID-19.
  • Los de mantenimiento de los programas informáticos (actualizaciones desde el punto de vista funcional, legal y tecnológico; mantenimientos evolutivos, mantenimientos correctivos, mantenimientos de infraestructura, renovación de licencias etc.), garantías, seguros y cánones del equipamiento informático, los gastos de conectividad, los servicios de alojamiento web (alta, mantenimiento) así como registro, renovación y gestión de dominios.
  • Los gastos correspondientes a publicidad on-line (Google adwords, publicidad en redes sociales, gastos por publicidad en otras páginas web, salvo las dirigidas a segmentos de mercado específicos o especializados) y en general los gastos correspondientes a posicionamiento o incremento de presencia en internet.

Beneficiarios:

  • Las empresas turísticas establecidas en la Comunidad de Castilla y León, ya sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que sean titulares de establecimientos de alojamiento hotelero, de alojamiento de turismo rural, de camping, de albergue en régimen turístico, de restaurante, de salón de banquetes, titulares de actividades de turismo activo, titulares de agencia de viajes o guías de turismo de Castilla y León, siempre que el establecimiento, agencia de viaje, empresa de turismo activo o guía de turismo para el que se solicite la subvención se encuentre inscrito en el Registro de Turismo de Castilla y León, con anterioridad al 15 de marzo de 2020.
  • El número de trabajadores por cuenta ajena de las empresas turísticas y comunidades de bienes no podrá ser superior a cinco.

Financiación y cuantía de la subvención:

  • La cuantía global de las subvenciones se determinará, según las disponibilidades presupuestarias, en la correspondiente convocatoria.
  • La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados los gastos no subvencionables, no pudiendo ser inferior a 500 € ni superior a 2.000 €.

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