El B.O.P. de Soria de ayer 29 de marzo de 2021, publica la convocatoria de subvenciones para financiar proyectos de emprendimiento con una dotación de 400.000€, máximo del 40% de ayuda y esta no puede sobrepasar los 8.000€.
Las Bases se pueden consultar en la dirección http://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones/2021-convocatoria-de-subvenciones-emprendimiento-plan-soria y un resúmen de las mismas son:
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas – incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles – cuyo centro de trabajo esté ubicado en cualquier localidad de la provincia de Soria, excluida la capital, que realicen inversiones productivas en actividades que no figuren en el Anexo I del TFUE (tratado de funcionamiento de la Unión Europea) que recoge básicamente el sector primario.
Inversiones subvencionables: activos fijos, materiales e inmateriales, necesarios para la puesta en marcha, mejora o ampliación de la actividad empresarial, así como los gastos de constitución, entre 8.000€ y 20.000€ IVA excluido siempre que los bienes adquiridos sean nuevos, excepto la adquisición de naves y locales comerciales para el desarrollo de la actividad empresarial, que podrán ser de segunda mano y las inversiones subvencionables y pagos se inicien a partir del 1 de enero de 2021 y concluyan antes del 30 de septiembre de 2021.
Clase y cuantía de la subvención: será de un máximo del 35% a fondo perdido, pudiendo llegar al 40% si crea empleo.
Plazo y formar de presentar la solicitud: hasta el 29 de abril de 2021 presentando el Anexo I y II que está en el enlace indicado al inicio, si es persona jurídica poder y estatutos y si crea empleo informe de plantilla media de todos los códigos de cuenta de cotización del solicitante de los nueve meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de subvención e informe de vida laboral de todos los códigos de cuenta de cotización del solicitante.
Plazo de ejecución de la inversión: la inversión financiada deberá ejecutarse íntegramente entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre de 2021. Así mismo, todos los pagos correspondientes a esa inversión deberán estar realizados entre esas dos fechas. Los contratos de trabajo recogidos en la resolución de concesión deberán formalizarse entre la fecha de solicitud de subvención y la de finalización de la inversión, sin que quepa en ningún caso modificación de este plazo.
Compatibilidad: son compatibles con otras ayudas y subvenciones, de entidades e instituciones públicas, sin que
en ningún caso el monto total de subvenciones supere el 40% de la inversión total.
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